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Responsabilidad civil

La principal referencia a este tipo de responsabilidad la encontramos en el artículo 1902 del Código Civil que establece " el que por acción u omisión cause un daño a otro, interveniendo culpa o negligencia, deberá reparar el daño causado".

Este artículo hace referencia a que la persona que cause un daño por acción u omisión mediante culpa o negligencia, está obligado a reparar dicho daño causado a otra persona.

Esta exigencia de culpa o negligencia ha ido evolucionando a lo largo de los años hasta convertirse en una responsabilidad cuasi objetiva, de modo que en muchos casos basta con establecer una relación causal entre la conducta y el resultado dañoso para entender que existe esa responsabilidad, quedando muy difusa la exigencia de culpa o negligencia.

En este área se incluyen gran número de supuestos entre los que se encuentran los siguientes:


  • Negligencias médicas.
  • Accidentes sufridos en medios de transporte y lugares públicos o privados
  • Daños sufridos por ataques de animales domésticos
  • Daños provocados por vecinos (vertidos, inundaciones, etc)
  • Daños por producto defectuoso

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