Responsabilidad civil
La principal referencia a este tipo de responsabilidad la encontramos en el artículo 1902 del Código Civil que establece " el que por acción u omisión cause un daño a otro, interveniendo culpa o negligencia, deberá reparar el daño causado".
Este artículo hace referencia a que la persona que cause un daño por acción u omisión mediante culpa o negligencia, está obligado a reparar dicho daño causado a otra persona.
Esta exigencia de culpa o negligencia ha ido evolucionando a lo largo de los años hasta convertirse en una responsabilidad cuasi objetiva, de modo que en muchos casos basta con establecer una relación causal entre la conducta y el resultado dañoso para entender que existe esa responsabilidad, quedando muy difusa la exigencia de culpa o negligencia.
En este área se incluyen gran número de supuestos entre los que se encuentran los siguientes:
- Negligencias médicas.
- Accidentes sufridos en medios de transporte y lugares públicos o privados
- Daños sufridos por ataques de animales domésticos
- Daños provocados por vecinos (vertidos, inundaciones, etc)
- Daños por producto defectuoso
En cualquier caso siempre te ofrecemos nuestra mejor garantía, SOLO COBRAMOS SI GANAMOS